PROHIBICIÓN DE TRUEQUE
PROHIBICIÓN DE TRUEQUE ARTÍCULO 136. Se prohíbe el pago del salario en mercancías, fichas u otros medios semejantes, a menos que se trate de una remuneración parcialmente suministrada en alojamiento, vestido y alimentación para el trabajador y su familia.De manera que cualquiera otra retribución que se pacte en especie es ilícita, y por tanto nula, y no se podrá tener en cuenta como elemento para calcular el valor de las prestaciones sociales. La ley prohíbe el sistema del trueque por ser inmoral y lesivo para los intereses de los trabajadores, ya que facilita el fraude del patrono para disminuir la remuneración del asalariado mediante el encarecimiento arbitrario del valor de los suministros. Conclusión personal Esto es una medida correcta, el hecho de prohibir el trueque, ya que genera perdida a los trabajadores, pues el empleadordará una mercancía con menos valor de lo que el empleado merece por la realización de su trabajo. El que saldrá ganando como siempre ser...