ESCLAVITUD, UNA TRAGEDIA QUE NO CESA EN COLOMBIA
Esclavitud, una tragedia que no cesa en Colombia
A sus siete años, Amalia se levantaba de madrugada
a trabajar en una casa de familia. Preparaba el desayuno, vestía y peinaba a
los niños para que asistieran al colegio. Durante todo el día planchaba,
cocinaba y atendía las órdenes de los jefes del hogar; su jornada terminaba en
el cuarto de servicio solo cuando la cena estaba lista y la cocina reluciente. Drama de esta mujer,
que fue revelado esta semana por la Corte Suprema de Justicia en un histórico
fallo, revivió el tráfico de personas con fines de explotación laboral. Y si
bien ella fue víctima de ese delito entre 1963 y 1976, las autoridades han
conocido recientes sometimientos de mujeres, menores y hasta hombres que son
obligados a vender sus cuerpos o a realizar duros trabajos, como en la época de
la esclavitud.
El Ministerio del Interior asegura que el año pasado conoció 38
denuncias de víctimas de tráfico de personas dentro y fuera del país. Y según
la Organización Internacional de Migración (OIM), entre el 2002 y el 2013
fueron 299 los casos, de los cuales 41 eran con fines de explotación laboral.
En lo que tiene que ver con el tráfico interno de personas, como
le ocurrió a Amalia (nombre que le dio la Corte), que fue trasladada desde Anzoátegui
(Tolima) a una casa en el barrio Teusaquillo, en Bogotá, la Fiscalía asegura
que ha detectado redes que reclutan a sus víctimas en Antioquia, Quindío,
Sucre, Caquetá y Córdoba, y que son llevadas a Bogotá, especialmente, y a los
Llanos.
La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía tiene documentados
varios casos de niños que a cambio de 4.000 pesos trabajan por más de 18 horas
al día en minas de Antioquia.
Pese a la poca denuncia, que históricamente ha marcado este
delito, la Fiscalía también investiga el traslado ilegal de niños indígenas
ecuatorianos vendidos en Bogotá para trabajar en la confección de gorros y
bufandas por 16 horas diarias. De igual forma ocurre el reclutamiento de niños
para la mendicidad, otra de las modalidades en la trata de personas. Así como
el llamado matrimonio servil.
Referencia:
MILENA SARRALDE, 24 de marzo 2013, 08:39 p.m.
EL TIEMPO
Cometario del articulo
por Sandra chacón.
La explotación
laboral sonabusos que comete el empleador sobre el empleado, a trabajar en condiciones
de amenaza o recibir un salario que no le corresponde, debido a las condicioneseconómicas
de Colombia, se ve reflejados muchos casos de explotación laboral conpersonas
adultas y niñosdonde sonamenazados o mal pagos, las victimas sonpersonas son
trasladadas dentro del país a al exterior para ser explotadas laboralmente y
realizar tareas por largas horas de trabajo mal pagas e incluso no le paga, y
los tratan de muy mala manera . Los trabajadores sienten la presión de mantener
su empleo, a pesar de ser sometido a una mayor presión laboral y a un gran
número de exigencias.
Las implicaciones
jurídicas en el ámbito legaldel país los artículos 159 y 168 del Código
Sustantivo del Trabajo establecen que si un empleado excede su jornada máxima
de trabajo, la cual está contemplada con 8 horas diarias y 48 horas a la
semana, debe tener un reconocimiento y pago por esa labor complementaria. Así
mismo, según la Fundación Derecho Justo, una alta exigencia en las funciones
profesionales puede constituir acoso laboral.
“En los artículos 2 y 7 de la Ley 1010 de
2006, se específica que la carga excesiva de trabajo es una modalidad de
persecución laboral y establece que la exigencia de laborar en horarios
excesivos es una conducta constitutiva de acoso laboral”.
Se está estimulando el uso de la línea nacional gratuita contra
la trata de personas para dar asesoría y asistencia sobre el delito. A la fecha
se han recibido 27.342 llamadas.
Esclavitud, una tragedia que no cesa en Colombia
A sus siete años, Amalia se levantaba de madrugada
a trabajar en una casa de familia. Preparaba el desayuno, vestía y peinaba a
los niños para que asistieran al colegio. Durante todo el día planchaba,
cocinaba y atendía las órdenes de los jefes del hogar; su jornada terminaba en
el cuarto de servicio solo cuando la cena estaba lista y la cocina reluciente. Drama de esta mujer,
que fue revelado esta semana por la Corte Suprema de Justicia en un histórico
fallo, revivió el tráfico de personas con fines de explotación laboral. Y si
bien ella fue víctima de ese delito entre 1963 y 1976, las autoridades han
conocido recientes sometimientos de mujeres, menores y hasta hombres que son
obligados a vender sus cuerpos o a realizar duros trabajos, como en la época de
la esclavitud.
El Ministerio del Interior asegura que el año pasado conoció 38
denuncias de víctimas de tráfico de personas dentro y fuera del país. Y según
la Organización Internacional de Migración (OIM), entre el 2002 y el 2013
fueron 299 los casos, de los cuales 41 eran con fines de explotación laboral.
En lo que tiene que ver con el tráfico interno de personas, como
le ocurrió a Amalia (nombre que le dio la Corte), que fue trasladada desde Anzoátegui
(Tolima) a una casa en el barrio Teusaquillo, en Bogotá, la Fiscalía asegura
que ha detectado redes que reclutan a sus víctimas en Antioquia, Quindío,
Sucre, Caquetá y Córdoba, y que son llevadas a Bogotá, especialmente, y a los
Llanos.
La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía tiene documentados
varios casos de niños que a cambio de 4.000 pesos trabajan por más de 18 horas
al día en minas de Antioquia.
Pese a la poca denuncia, que históricamente ha marcado este
delito, la Fiscalía también investiga el traslado ilegal de niños indígenas
ecuatorianos vendidos en Bogotá para trabajar en la confección de gorros y
bufandas por 16 horas diarias. De igual forma ocurre el reclutamiento de niños
para la mendicidad, otra de las modalidades en la trata de personas. Así como
el llamado matrimonio servil.
Referencia:
MILENA SARRALDE, 24 de marzo 2013, 08:39 p.m.
EL TIEMPO
Cometario del articulo
por Sandra chacón.
La explotación
laboral sonabusos que comete el empleador sobre el empleado, a trabajar en condiciones
de amenaza o recibir un salario que no le corresponde, debido a las condicioneseconómicas
de Colombia, se ve reflejados muchos casos de explotación laboral conpersonas
adultas y niñosdonde sonamenazados o mal pagos, las victimas sonpersonas son
trasladadas dentro del país a al exterior para ser explotadas laboralmente y
realizar tareas por largas horas de trabajo mal pagas e incluso no le paga, y
los tratan de muy mala manera . Los trabajadores sienten la presión de mantener
su empleo, a pesar de ser sometido a una mayor presión laboral y a un gran
número de exigencias.
Las implicaciones
jurídicas en el ámbito legaldel país los artículos 159 y 168 del Código
Sustantivo del Trabajo establecen que si un empleado excede su jornada máxima
de trabajo, la cual está contemplada con 8 horas diarias y 48 horas a la
semana, debe tener un reconocimiento y pago por esa labor complementaria. Así
mismo, según la Fundación Derecho Justo, una alta exigencia en las funciones
profesionales puede constituir acoso laboral.
“En los artículos 2 y 7 de la Ley 1010 de
2006, se específica que la carga excesiva de trabajo es una modalidad de
persecución laboral y establece que la exigencia de laborar en horarios
excesivos es una conducta constitutiva de acoso laboral”.
Se está estimulando el uso de la línea nacional gratuita contra
la trata de personas para dar asesoría y asistencia sobre el delito. A la fecha
se han recibido 27.342 llamadas.

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